Accesibilidad

La web https://www.axispart.com ha sido elaborada respetando las normas de accesibilidad del WAI del W3C, con el objetivo de garantizar el acceso a la información y a los servicios de sus páginas, sin limitación ni restricción alguna por razón de discapacidad de cualquier carácter o condicionantes debidos al dispositivo mediante el cual se accede a la esta web. 

En cualquier caso, cabe la posibilidad de que encuentre alguna página que no se adapte al 100% a estos estándares, ya que algunas de las secciones contenidas en el portal están en proceso de adaptación y mejora.

Declaración de Accesibilidad

La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://www.axispart.com 

Situación de cumplimiento

Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018 debido la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.

Contenido no accesible

El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:

Falta de conformidad con Real Decreto 1112/2018

  • Puede haber enlaces que tienen una descripción inadecuada o un texto demasiado genérico [requisito número 9.2.4.4 Propósito de los enlaces, de UNE-EN 301549:2022]
  • Existen imágenes, infografías, textos de enlaces o botones, texto de titulares y contenido que no están traducidos a otros idiomas [requisito número 9.3.1.1 Idioma de la página, de UNE-EN 301549:2022]
  • Existen mensajes de error poco descriptivos, o mensajes de error que no están agrupados en un único mensaje, así como falta de sugerencias en formulario para rellenar los campos correctamente [requisito número 9.3.3.1 Identificación de errores, de UNE-EN 301549:2022]

Carga desproporcionada

No aplica.

El contenido no entra dentro del ámbito de la legislación aplicable

  • Pueden existir archivos de ofimática en PDF y otros formatos publicados antes del 20 de septiembre de 2018 que no cumplan en su totalidad todos los requisitos de accesibilidad. Aunque se ha procurado que la mayoría de ellos sí lo cumplan.
  • Puede haber contenidos de terceros que no estén desarrollados por este Ministerio ni están bajo nuestro control, como por ejemplo, archivos ofimáticos.

Preparación de la presente declaración de accesibilidad

La presente declaración fue preparada el 4 de Junio de 2021.

El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por técnicos del ICO.

Última revisión de la declaración: 11 de Febrero de 2025.

Observaciones y datos de contacto

Puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad (artículo 10.2.a del RD 1112/2018) como, por ejemplo:

  • Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web.
  • Transmitir otras dificultades de acceso al contenido.
  • Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web a través de un correo electronico a: axis@axispart.com o llamando al telefono: 91 523 16 54 / 37

Puede presentar:

  • Una Queja relativa al cumplimiento de los requisitos del RD 1112/2018
  • Una Solicitud de Información accesible relativa a:
    • Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4.​
    • Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada.

En la Solicitud de información accesible, se debe concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.

A través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, así como del resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las comunicaciones, quejas y solicitudes de información accesible serán recibidas y tratadas por el Área de Información.

Procedimiento de aplicación

Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación. Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya transcurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.

La reclamación puede ser presentada través de la Instancia Genérica de la Sede electrónica del Instituto de Crédito Oficial, así como en el resto de opciones recogidas en la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las reclamaciones serán recibidas y tratadas por el Instituto de Crédito Oficial.